DERECHOS DEL PACIENTE

  • Acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad.
  • Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su ondición amerite.
  • A mantener una comunicación plena, permanente,expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
  • A obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de la salud tratante que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un tratamiento de salud.
  • A recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley.
  • A recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tengan sobre los procedimientos.
  • A que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada, que únicamente pueda ser conocida por terceros con previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita obteniendo copia de la misma.
  • A que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer.
  • A la provisión y acceso oportuno a las tecnologías y a los medicamentos requeridos.
  • A recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
  • A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por escrito.
  • A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda la información que sea suministrada en el ámbito del acceso a los servicios de salud y de las condiciones de salud y enfermedad de la persona,sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que esta de termine.
  • A solicitar y recibir explicaciones o rendición de cuentas acerca de los costos por los tratamientos de salud recibidos.
  • A que se le respete la voluntad de aceptación o negación de la donación de sus órganos de conformidad con la ley.
  • A no ser sometidos en ningún caso a tratos crueles o inhumanos que afecten su dignidad, ni a ser obligados a soportar sufrimiento evitable, ni obligados a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento.
  • A que no se le trasladen las cargas administrativas y burocráticas que les corresponde asumir a los encargados o intervinientes en la prestación del servicio.
  • Agotar las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad.

DEBERES DEL PACIENTE

Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.

Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención.

Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida la salud de las personas.

Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios salud.

Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas, así como los recursos del sistema.

Cumplir las normas del sistema de salud. Actuar de buena fe frente al sistema de salud.

Suministrar de manera oportuna y suficiente la información que se requiera para efectos del servicio.

Contribuir solidariamente financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.